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Régimen jurídico del patrimonio cultural inmaterial

El régimen jurídico de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial en Portugal, establecido por el Decreto-Lei n.º 139/2009 tras la Convención de la UNESCO…

El régimen jurídico de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial es el conjunto de normas que, en Portugal, define qué se entiende por patrimonio inmaterial, cómo se procede a su reconocimiento y qué medidas lo protegen. Su pilar es el Decreto-Lei n.º 139/2009, de 15 de junio, aprobado bajo el amparo de la Ley de Bases del Patrimonio Cultural (Lei n.º 107/2001), que por primera vez trató el patrimonio inmaterial en pie de igualdad con el patrimonio edificado y mueble.

Marco internacional

El diploma portugués es la respuesta nacional a un movimiento internacional liderado por la UNESCO. La Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial fue aprobada en la 32ª Conferencia General de la organización, en París, el 17 de octubre de 2003, y entró en vigor el 20 de abril de 2006. Portugal la ratificó, depositando el respectivo instrumento, el 21 de mayo de 2008. La Convención definió el concepto de patrimonio inmaterial — tradiciones orales, artes del espectáculo, prácticas sociales, rituales y festividades, conocimientos sobre la naturaleza y técnicas artesanales — y obligó a cada Estado Parte a elaborar inventarios del patrimonio existente en su territorio. Esta articulación entre derecho interno y derecho internacional es típica de las convenciones internacionales del patrimonio.

Estructura del Decreto-Lei n.º 139/2009

Para cumplir con esas obligaciones, el régimen de 2009 estableció tres grandes mecanismos. Primero, un conjunto de medidas de salvaguardia — identificación, documentación, investigación, transmisión y valorización de las manifestaciones. Segundo, un procedimiento de inventariado basado en el Inventario Nacional del Patrimonio Cultural Inmaterial, instrumento de registro cuya inscripción constituye condición previa indispensable para cualquier candidatura a las listas de la UNESCO. Tercero, la creación de una comisión consultiva especializada para acompañar la aplicación del régimen.

La operacionalización del inventario fue remitida a la Portaria n.º 196/2010, de 9 de abril, que fijó el modelo de ficha de inventario y reguló la tramitación de las solicitudes. Los procesos se gestionan a través de la plataforma MatrizPCI, base de datos pública que permite consultar las manifestaciones ya inventariadas y seguir las fases de consulta directa a las comunidades poseedoras y de consulta pública. La gestión correspondió inicialmente al entonces Instituto dos Museus e da Conservação y pasó, con la reorganización de 2012, a la Dirección General del Patrimonio Cultural.

Revisión y alcance actual

El régimen fue objeto de una primera modificación por el Decreto-Lei n.º 149/2015, de 4 de agosto, que ajustó sus disposiciones a los cambios institucionales y simplificó algunos aspectos del procedimiento. Se mantiene, en lo esencial, la arquitectura original: un inventario nacional como puerta de entrada de la protección y un papel central de las comunidades, grupos e individuos que practican y transmiten cada manifestación, en coherencia con el espíritu participativo de la Convención de 2003.

En la práctica, este marco jurídico ha sustentado el reconocimiento de prácticas como la fabricación de cencerros, el cante alentejano o la falcoaria, y organiza la relación entre el inventario interno y las candidaturas a patrimonio inmaterial de la humanidad de la UNESCO. Se distingue así del régimen aplicable a los monumentos y conjuntos clasificados, basado en la clasificación y en las servidumbres administrativas, por privilegiar la documentación viva y la transmisión de saberes en lugar de la protección física de un bien.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el principal instrumento que regula el patrimonio inmaterial en Portugal?
Es el Decreto-Lei n.º 139/2009, de 15 de junio, que establece el régimen jurídico de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. Fue aprobado bajo el amparo de la Ley de Bases del Patrimonio Cultural (Lei n.º 107/2001) y vino a implementar la Convención de la UNESCO de 2003.
¿Cuándo ratificó Portugal la Convención de la UNESCO de 2003?
Portugal depositó el instrumento de ratificación de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial el 21 de mayo de 2008. La Convención había sido aprobada en la 32ª Conferencia General de la UNESCO, en París, el 17 de octubre de 2003, entrando en vigor el 20 de abril de 2006.
¿Qué es el Inventario Nacional del Patrimonio Cultural Inmaterial?
Es el instrumento creado por el régimen de 2009 para registrar las manifestaciones inmateriales existentes en el territorio nacional, gestionado a través de la base de datos MatrizPCI. La inscripción en este inventario es condición previa para cualquier candidatura a las listas de la UNESCO.

Fuentes

  1. Decreto-Lei n.º 139/2009, de 15 de junho — Diário da República
  2. Decreto-Lei n.º 149/2015, de 4 de agosto — Diário da República
  3. Convenção para a Salvaguarda do Património Cultural Imaterial — UNESCO Portugal
  4. Inventário Nacional — MatrizPCI / Património Cultural